Casos LOPD

La Ley Organica de Protección de Datos (LOPD) es muy amplia y sobre todo tiene un abanico de situaciones muy complejo.

Es corriente que la mayoria de la gente piense que esta ley solo se aplica a aquellas empresas que manejan datos de tipo extremo , por ejemplo datos carcelarios, medicos o datos de menores de edad. Esto no es cierto, la LOPD es aplicable a practicamente el 100% de las organizaciones publicas o privadas que operan en España.

Veamos unos ejemplos :

1) Una PYME o un autonomo: Manejan datos de sus clientes y proveedores, por lo tanto es obligatorio que cumplan con la LOPD.

2) Un Ayuntamiento : Guarda los datos de sus ciudadanos, direcciones, impuestos que les cobra, coches que tienen, etc etc. Tienen que cumplir con la LOPD.

3) Un colegio, asociación deportiva : Manejan los datos de sus chicos o chicas. Tiene que cumplir con la LOPD y ademas al ser menores la ley es mucho mas estricta.

4) Una parroquia : Guarda datos de las creencias de las personas, partidas de bautismo, actas matrimoniales, apostasias. Estqan obligadas a cumplir con la LOPD y ademas de forma mucho mas estricta.

Como vemos practicamente todas las empresas y asociaciones deben de estar adaptadas a esta ley. Casos especiales son las gestorias, asesorias que manejan ingente cantidades de muchos clientes y su adaptación a la ley es vital. Como lo es la de abogados o medicos que tratan datos de caracter penal o de salud respectivamente, lo cual les hace especialmente sensibles.

La Agencia Española de Protección de Datos tiene potestad sancionadora y el mismo rango que la Agencia Tributaria.

De momento y por motivos meramente fisicos(no tiene suficiente personal) no ha comenzado a sancionar de oficio. Pero si que esta investigando las denuncias por parte de particulares que se emiten de forma anonima en su web. Lo cual le convierte en un peligro para la empresa al poder( y de echo es asi ) ser denunciado por un cliente descontento, un trabajador despedido, o directamente por la competencia.

Veamos algunos casos